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viernes, 22 de mayo de 2020

Exámen recuperación HISTORIA DE ESPAÑA.


Aquí os dejo los exámenes de recuperación. Son dos exámenes, uno para el que sólo tiene que recuperar la segunda evaluación y otro para que tenga que recuperar las dos. 
Os recuero la obligatoriedad de entregar los comentarios y los  resúmenes de los tema de EBAU, así como las preguntas, a modo de actividades, que se incluyen en los temas. 
También deciros que cuando comience el examen estaré a vuestra disposición, para cualquier pregunta o duda que tengáis, a través del WhatsApp. 
Ánimo y suerte. 



Ánimo y mucha suerte. 

jueves, 30 de abril de 2020

ACLARACIÓN SOBRE EL EXAMEN DE HISTORIA DE ESPAÑA EN EBAU2020

ACLARACIÓN SOBRE EL EXAMEN DE HISTORIA DE ESPAÑA EN EBAU2020

Aquí os dejo el enlace a las aclaraciones que el coordinador de Historia de la EBUA nos ha pasado.



Leerlas porque hay un pequeño cambio que os beneficia.  En resumen:

1.- No hay opción A ni B, es un único examen (podría parecer peor, pero no, seguid leyendo)

2. El examen tiene dos partes. 

3. De cada parte tienes que elegir

     + De la primera parte (6 primeros temas) pregunta dos temas y eliges uno. Debes tener en cuenta que uno será de los tres primeros (Romanización, Al-Andalus y Reinos Cristianos)  y otro de los tres siguientes (Reyes Católicos, Política exterior de Carlos I y Felipe II y Reformismo Borbónico), lo que quiere decir que en vez de estudiar los temas como antes, ahora podéis estudiar tres, siempre y cuando respetéis esa estructura (o los tres primeros o los tres siguientes)-

      + La segunda parte consta de 4 preguntas (dos del siglo XIX y dos del XX) y sus textos, de los que tenéis que elegir uno (igual que antes, te estudias el siglo XIX o el XX, y o la pregunta o el texto, según preferencias de cada uno). 

En definitiva, para la EBAU tenéis que estudiar temas o textos:

+ Tres de la parte A, de la que deberéis escoger el bloque 1 (Temas 1, 2 y 3) o el bloque 2 (Temas 4, 5 y 6)

+ Seis de la parte B, eligiendo o los 6 del Siglo XIX o los 6 del Siglo XX. Recordad que en caso de que el tema no os guste podéis optar por el comentario que le corresponda. 


Un saludo.

martes, 28 de abril de 2020

Tema 13. La España de Franco. Presentación y texto EBAU.


Os dejo aquí la presentación del tema de Franco. Las únicas actividades que os voy a pedir  para esta semana (entregar el domingo fecha tope) son:
1. Elaboración de un resumen del Tema adaptado a la EBAU (un folio por ambas caras a mano)
2.- Que realicéis el comentario de texto que de este tema entra para la EBAU (Fuero de los Españoles), también debe ser un folio a mano por ambas caras. 

EBAU Historia de España. Universidad de Murcia. 
TEXTO 11: ALGUNOS ARTÍCULOS DEL FUERO DE LOS ESPAÑOLES. 1945.
Art. 1.- El Estado español proclama como principio rector de sus actos el respeto a la dignidad, la integridad y la libertad de la persona humana, reconociendo al hombre, en cuanto portador de valores eternos...
Art. 2.- Los españoles deben servicio fiel a la Patria, lealtad al jefe del Estado y obediencia a las leyes...
Art. 6.- La profesión y práctica de la Religión Católica, que es la del Estado español, gozará de la protección oficial... No se permitirán otras ceremonias ni manifestaciones externas que las de la Religión Católica.
Art. 10.- Todos los españoles tienen derecho a participar en las funciones públicas de carácter representativo, a través de la Familia, el Municipio y el Sindicato...
Art. 22.- El Estado reconoce y ampara a la familia como institución natural y fundamento de la sociedad... El Estado protegerá especialmente a las familias numerosas. El matrimonio será uno e indisoluble...
Art. 28.- El Estado español garantiza a los trabajadores la seguridad de amparo en el infortunio y les reconoce el derecho a la asistencia en los casos de vejez, muerte, enfermedad, maternidad, accidentes de trabajo, invalidez, paro forzoso y demás riesgos que pueden ser objeto de seguro social...
Dado en el Pardo, a 17 de julio de 1945. Francisco Franco.

sábado, 25 de abril de 2020

Presentación: Guerra Civil (3). La evolución política de los bandos y consecuencias.

Aquí os dejo la última presentación (en este caso videopresentación) sobre la Guerra Civil.  Os incluyo aquí la vídeo presentación para verla PINCHAR SOBRE LA IMAGEN, así como el enlace por simplemente queréis leerla y utilizarla como base para elaborar vuestro resumen y señalar en el libro lo esencial, en este caso abrir situado debajo de la imagen. 



viernes, 24 de abril de 2020

RECUPERACIÓN 1ª y 2ª EVALUACIÓN.


RECUPERACIÓN 


¿Cómo recuperar las evaluaciones pendientes?

1º/ Obligatoriedad de realizar todas las tareas telemáticas de la cuarentena

2º/ Elaboración de un resumen de los temas de cada evaluación suspensa y enviarlos por email o classrom

3º/ Realización de las actividades y preguntas que aparecen en libro y enviarlas por email o classroom.

3º/ Realización de un examen on-line el martes 11 de MAYO (podrás disponer de todo el material: libro, resúmenes, esquemas, consultas online  ya que el examen será un comentario de texto siguiendo el modelo de EBAU y algunas preguntas de relación). 

ÁNIMO. 


martes, 21 de abril de 2020

Tema 12. Guerra Civil. Presentación 2. La internacionalización del conflicto y las fases de la Guerra.

Aquí os dejo la presentación de estos apartados del tema. Debéis verla y al final hacer un esquema de la internacionalización del conflicto señalando en qué crees que influyó y, por último, comentar el mapa sobre las fases de la Guerra.

https://drive.google.com/file/d/1Gd4koEi3NiI3ZngJangO7lRoW25lF18J/view?usp=sharingh


lunes, 20 de abril de 2020

Tema 12. La Guerra Civil. Vídeo presentación 1.

https://drive.google.com/file/d/1xGDwZTsUiAdiEgajANZpMHuOk8jlaX6M/view?usp=sharing
ABRIR AQUÍ


Para tener una visión general de todo el tema aquí os dejo un vídeo, breve, pero muy didáctico sobre la Guerra Civil (Nivel: 4º ESO)

miércoles, 1 de abril de 2020

Presentación Segunda República.- 3. El gobierno Radical-Cedista y el Frente Popular.

Hola chic@s, aquí os dejo la última presentación de la Segunda República. No va en vídeo, sólo presentación, pero a cambio las actividades son más sencillas. Cuando entreguéis las actividades podéis descansar hasta después de vacaciones. Os deseo lo mejor. Mientras tanto haré los nuevos comentarios de selectividad y os lo subiré. Si disponéis de tiempo, mi consejo es que en estas vacaciones preparéis el material para la EBAU.
Lo dicho, mucho ánimo, muchas felicidad y, sobre todo, salud.


https://drive.google.com/file/d/14CRXg2N6NXyACKkXTTtJgis2U6UGewol/view?usp=sharing

martes, 24 de marzo de 2020

Clase 24 marzo 2020. La Constitución de 1931.


Hoy no hay vídeo. Si los mismos consejos: quedaos en casa, trabajad y lavaos frecuentemente las manos. 

En esta sesión os propongo una profundización sobre la Constitución de 1931, ya que es uno de los textos de la EBAU (si pincháis sobre la imagen se os amplia para verlo). Se trata de que elaboréis un comentario a partir de toda esta información. Podéis utilizar como base  el comentario que os adjunto al final (no se puede descargar, sólo ver y leer para trabajar sobre él)

Ayer nos quedamos en cómo las elecciones a Cortes Constituyentes se celebraron  en un ambiente de relativa tranquilidad y como las urnas dieron lugar a una clara mayoría de la coalición republicano-socialista. La nueva Constitución, aprobada en diciembre de 1931, reflejó las ideas de esta mayoría. Estos son sus principales rasgos:
§  Soberanía popular. Se declaraba al nuevo estado español como una "República democrática de trabajadores de todas clases".
§  Sufragio universal masculino y femenino. Tras un largo y complejo debate en las Cortes, las mujeres españolas obtuvieron el derecho de voto.
§  Extensa declaración de derechos y libertades. Derechos civiles: divorcio, equiparación hijos legítimos e ilegítimos.
§  Derecho a la educación.
§  Poderes del Estado:
§  Poder legislativo quedó en manos de unas Cortes unicamerales.
§  Poder ejecutivo:
ü  Presidente de la República con escasos poderes.
ü  Jefe de Gobierno, nombrado por el Presidente pero que debía contar con la aprobación de las Cortes.
§  Poder judicial en manos de los tribunales de justicia.
§  Por primera vez en nuestra historia, se establece el derecho de las regiones a establecer Estatutos de Autonomía.
§  En lo relativo a la "cuestión religiosa" se establece un estado laico: Separación de la Iglesia y el Estado Desapareció el presupuesto de culto y clero Prohibición de ejercer la educación Libertad de conciencia y cultos
Ampliamos un poco sobre las características de la Constitución de 1931
La Constitución de 1931 supone un cambio importante respecto al constitucionalismo español anterior, en virtud de que introduce conceptos nuevos, así los derechos no serán solo individuales, sino que se incorporan también los sociales, económicos y culturales. Se da una diferente dimensión a conceptos básicos como la empresa, la propiedad y la acción intervencionista del Estado.
Una formulación original del texto es la referente a la organización territorial del Estado mediante la fórmula de Estado integral, regional llamaríamos ahora, que intenta establecer un modelo intermedio entre el Estado federal y el Estado unitario.
Como principios más representativos podemos destacar los siguientes:
Soberanía popular. A diferencia de otros textos, no indica que la soberanía radica en la nación, sino que emplea el término "pueblo". Así, el art. 1 proclama que "los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo", palabra que repite en el art. 51 al indicar que la potestad legislativa reside en el pueblo, que la ejerce por medio de las Cortes.
Por otra parte, la característica más representativa del ejercicio de la soberanía nacional consiste en que el sufragio universal queda plenamente establecido en el texto, incorporando poco después el femenino, por lo que es la primera vez que puede hablarse en España de auténtico sufragio universal de la ciudadanía.
Derechos y libertades. La Constitución de 1931 contiene una amplia declaración de derechos. Incorpora a los derechos individuales propios del Estado liberal, que amplia, otros de carácter económico, social y cultural, así como referentes a la familia, y desarrolla los de asociación política y sindical (art. 39).
Estado integral. El art. 1 define a la República como un Estado integral, compatible con la autonomía de los municipios y las regiones, dedicándole la totalidad del Título I a la organización territorial del Estado.
Estado laico. El art. 3 proclamaba que el Estado español no tenía religión oficial. De esta forma, se consagraba la separación completa entre la Iglesia y el Estado.

Órganos constitucionales

Las Cortes. La Constitución de 1931 vuelve al unicameralismo. Sus miembros eran electos por sufragio universal, igual, directo y secreto por el sistema mayoritario a doble vuelta en circunscripciones plurinominales.
El Presidente de la República. Era elegido por una Asamblea compuesta por los parlamentarios más un número igual de compromisarios electos para este fin por sufragio universal. Su mandato duraba 6 años y no podía ser reelegido hasta pasados 6 años de su mandato. Necesitaba el refrendo de los ministros, aunque era criminalmente responsable de la infracción delictiva de sus obligaciones constitucionales.
El Gobierno. Establece un sistema de colaboración de poderes, con un Gobierno que precisa de la doble confianza, ya que es nombrado por el Jefe del Estado, pero precisa gozar de la confianza de las Cortes.
La Administración de Justicia. Se garantiza su independencia respecto a los restantes poderes del Estado, cuenta con unidad de jurisdicciones, inamovilidad de los jueces y magistrados, siendo responsables los mismos de sus actos. Introduce la institución del jurado. Establece la gratuidad de la Justicia para los más débiles; se crean los Tribunales de Urgencia para hacer efectivo el derecho de amparo de las garantías individuales; se proclama la cuestión de constitucionalidad, que puede ser planteada ante el Tribunal de Garantías Constitucionales.
El Tribunal de Garantías Constitucionales. Es uno de los aspectos novedosos de la Constitución de 1931. Podían acudir al mismo: el Ministerio Fiscal; los Jueces y Tribunales; el Gobierno de la República; las Regiones españolas; y toda persona individual o colectiva, aunque no hubiera sido directamente agraviada.
Veamos algunas de estas características en su articulado:
·       La Organización del Estado. La estructura del estado viene reflejada en el Título Preliminar artículo primero: “[...] la República constituye un estado integral, compatible con la autonomía de los municipios y las regiones”. Desarrolla esta cuestión en el Título Primero, Organización nacional, en los artículos comprendidos entre el 8 y el 22. El artículo 8 viene a decir: “El Estado español, dentro de los límites irreductibles de su territorio actual, está integrado por Municipios Mancomunados en provincias y por las regiones que se constituyan en régimen de autonomía. […]".
·       Igualdad de todos los ciudadanos ante la Ley. En el Título Preliminar ya da pistas de este nuevo estatus de igualdad, cuando en el artículo primero dice: “España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y Justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo […]" Este principio igualitario que preside la Constitución, se desarrolla ampliamente en el Título III, Derechos y deberes de los españoles, Capítulo Primero, Garantías individuales y políticas, Artículo 25: “No podrán ser fundamente de privilegio jurídico: la naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas ni las creencias religiosas". El Estado no reconoce distinciones y títulos nobiliarios. Los conceptos de igualdad, libertad y justicia se desarrollan en el texto en los artículos comprendidos entre el 25 y el 42.
·       Sufragio Universal masculino y femenino. Se establece el derecho a voto de todos los ciudadanos con independencia de su sexo y poder adquisitivo. Lo encontramos en el Título IV, Las Cortes, Artículo 52: “El Congreso de los diputados se compone de los representantes elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto".
·       Reconocimiento de derechos laborales de los trabajadores. Se reconocer derechos y obligaciones de la clase obrera y del campesinado. En el Título III, Capítulo II, artículo 46: “El trabajo, en sus diversas formas, es una obligación social, y gozará de la protección de las leyes. La República asegurará a todo trabajador las condiciones necesarias de una existencia digna. Su legislación social regulará: los casos de seguro de enfermedad, accidente, paro forzoso, vejez, invalidez y muerte; el trabajo de las mujeres y de los jóvenes y especialmente la protección a la maternidad; la jornada de trabajo y el salario mínimo y familiar; las vacaciones anuales remuneradas; las condiciones del obrero español en el extranjero; las instituciones de cooperación; las relación económico-jurídica de los factores que integran la producción; la participación de los obreros en la dirección, la administración y los beneficios de las empresas, y todo cuanto afecte a la defensa de los trabajadores.” Y en el artículo 47: “La República protegerá al campesino y a este fin legislará, entre otras materias, sobre el patrimonio inembargable y exento de toda clase de impuestos, crédito agrícola, indemnización por pérdida de las cosechas, cooperativas de producción y consumo, cajas de previsión, escuelas prácticas de agricultura […] La República protegerá en términos equivalentes a los pescadores”
·       Separación total entre la Iglesia y el Estado. En un país tradicionalmente muy ligado a la Iglesia, este fue uno de sus puntos principales. En el Título Preliminar, Disposiciones generales, artículo tercero, dice: “El Estado español no tiene religión oficial”. La Constitución no sólo establece la laicidad del Estado, sino que procede explícitamente a derrocar todos los privilegios de la Iglesia, como podemos comprobar en el Título III, Capítulo primero, artículo 26: “[...] El Estado, las regiones, las provincias y los municipios, no mantendrán, favorecerán, ni auxiliarán económicamente a las Iglesias, Asociaciones e Instituciones religiosas. […] Sus bienes serán nacionalizados y afectados a fines benéficos y docentes". Asimismo reconoce la libertad de todos los españoles a pertenecer a cualquier confesión religiosa, artículo 27: “La libertad de conciencia y el derecho a profesar y practicar libremente cualquier religión quedan garantizados en el territorio español […] Todas las confesiones podrán ejercer sus cultos privadamente. […] Nadie podrá ser compelido a declarar oficialmente sus creencias religiosas. […]"




lunes, 23 de marzo de 2020

Clase 23 de Marzo. Proclamación de la II República y Gobierno Provisional

Chic@s, disculpad por el retraso, pero, como ya os comenté esta mañana, una serie de retrasos técnicos (por deficiencia personal) me han impedido subirlo esta mañana, y esta tarde me he emocionado con la grabación y me ha salido largo y su conversión ha vídeo se ha llevado su tiempo.

Las actividades que debéis hacer implican que debéis escuchar la explicación pues a medida que la escuchéis irán apareciendo. Como me ha salido muy larga no os incluyo ningún vídeo más. Si os gusta. Mañana lo vuelvo a hacer, y ya me decís si para el jueves queréis seguir este método o mejor video-conferencia.

Os dejo un enlace para que la descarguéis (paciencia, pesa mucho):


https://drive.google.com/file/d/1UsSpygFb0yxniMc2PiAPP2iRt-LWY6_h/view?usp=sharing



RECORDAD QUE DEBÉIS DESCARGARLO PORQUE PESA MUCHO PARA VERSE EN LÍNEA (el próximo lo haré más breve o lo dividiré en 2 o tres)

No puede subirlo aquí porque pesa mucho. Si alguién no puedo se lo envío por email.



lunes, 16 de marzo de 2020

Clase 17 Marzo 2020-. Actividad 2 Visionado del Vídeo.

Debes ver el vídeo. 
Para dejar constancia de que entras a verlo debes introducir un breve comentario del video de presentación de la República o que te parece el segundo vídeo con imágenes de época sobre la proclamación de la República. (dos renglones sobra). 
Ejericio: haz en un documento en word un esquema de las principales etapas y acontecimientos de la II República y enviámelo  por email. Para hacer el esquema podéis utilizar la presentación del tema o el propio libro. 

VÍDEO BREVE


VÍDEO EVOLUCIÓN II REPUBLICA


 

 VÍDEO PROCLAMACIÓN


domingo, 15 de marzo de 2020

Clase 16 Marzo 2020-. Actividad 1. Visionado del Vídeo. Miguel Primo de Rivera.

Ver lo siguientes vídeos y contesta las cuestiones

PREGUNTAS CLASE 16 DE MARZO.
¡Qu
1.       Describa muy brevemente en qué consistió el golpe de estado de 1923
2.       Describa muy brevemente las razones por las que se produjo el golpe militar de Primo de Rivera y las etapas en las que se puede dividir su régimen
3.       Explique brevemente las características del periodo de la dictadura de Primo de Rivera
4.       Explique brevemente las realizaciones de la etapa del directorio militar: durante esta etapa se suspende la Constitución de 1876 y el régimen parlamentario, disolviendo las Cortes y anulando la actividad de los partidos políticos.
5.       Describa muy brevemente los hechos más sobresalientes de la etapa del directorio civil
6.       Explica las causas de la caída de la dictadura de Primo de Rivera
7.       Explique brevemente que ocurrió tras la caída de Primo de Rivera

8.       Explica muy brevemente que objetivos perseguía el Pacto de San Sebastián


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Y lee el siguiente audio